Para poder solicitar documentos en préstamo interbibliotecario la biblioteca solicitante deberá estar en posesión del carné de socio de la Red de Bibliotecas. Además, para hacer uso del servicio, la biblioteca solicitante deberá contar a su vez con fondos disponibles para el préstamo interbibliotecario, quedando excluidas todas aquéllas que no reúnan los requisitos mínimos exigibles para garantizar la seguridad de las obras prestadas.
Solicitud de préstamo interbibliotecario para bibliotecas
Normativa de préstamo interbibliotecario para bibliotecas
Quién puede solicitarlo
Cualquier biblioteca que tenga el carné de la Red de Bibliotecas públicas de Castilla-La Mancha puede solicitar un préstamo interbibliotecario. En ningún caso se prestarán obras usando esta modalidad de préstamo a usuarios individuales o a centros no bibliotecarios.
Las bibliotecas públicas municipales de Castilla- La Mancha deberán dirigir preferentemente sus peticiones de préstamo interbibliotecario a la Biblioteca Pública del Estado de su provincia.
Sólo se admitirán las peticiones de bibliotecas del resto del Estado cuando se refieran a documentos no disponibles en sus respectivas Comunidades Autónomas.
Costes del servicio
La Biblioteca Pública del Estado en Guadalajara ofrece este servicio de forma gratuita para solicitudes recibidas por parte de bibliotecas pertenecientes a la Red de Bibliotecas de Castilla- La Mancha, la Biblioteca asumirá los costes del envío y la biblioteca solicitante los de devolución.
Para solicitudes recibidas por parte de bibliotecas no pertenecientes a la Red de Bibliotecas de Castilla-La Mancha, la Biblioteca aplicará criterios de reciprocidad en función de la normativa de la biblioteca solicitante o de los acuerdos bilaterales que pudieran existir.
Qué se puede solicitar
Se prestan los originales de monografías editadas a partir de 1960 y que se encuentren en buen estado de conservación. Las anteriores a esa fecha se consideran fondos de carácter patrimonial y no se prestan.
Teniendo en cuenta lo anterior, además quedan excluidas de préstamo de originales las siguientes obras:
- Obras de referencia
- Prensa y publicaciones periódicas
- Obras pertenecientes a fondos especiales (Fondo Antiguo, Colección Local,...)
- Obras muy demandadas por los usuarios de la biblioteca
- Lectores de libros electrónicos o cualquier otro dispositivo electrónico.
- Originales con una antigüedad inferior a un año y que se encuentren disponibles fácilmente en los canales convencionales de distribución comercial.
- La biblioteca, además, no prestará obras adquiridas en el año en curso o en el anterior.
Plazos de préstamo y devolución
Los libros se prestan por un plazo de 30 días, que podrán renovarse por un plazo igual siempre que no hayan sido solicitados por otro usuario de la Biblioteca y las condiciones lo permitan. Los materiales audiovisuales se prestan por un plazo de 15 días no renovables.
Se permiten el préstamo personal a domicilio de los documentos suministrados por préstamo interbibliotecario, excepto especificación en contrario.
Para la devolución, las obras deberán ser debidamente empaquetadas y observando el mismo estado de conservación que tenían cuando se prestaron.
La responsabilidad del control y del uso adecuado de los documentos prestados recaerá en la biblioteca solicitante, tanto si se consultan en la propia biblioteca como se se prestan a domicilio. En caso de pérdida o de deterioro de una obra prestada, la biblioteca solicitante se verá obligada a realizar su reposición de manera inmediata, sin perjuicio de otras sanciones que pueda establecer la dirección de la Biblioteca.
Petición por correo electrónico
Para iniciar una petición por correo electrónico es necesario cumplimentar la siguiente solicitud de préstamo interbibliotecario para bibliotecas y enviarla a bpgu.pi@jccm.es. Al hacerlo, acepta la Normativa de préstamo interbibliotecario para bibliotecas de la Biblioteca Pública del Estado en Guadalajara.
Protección de datos
Los datos de carácter personal que se faciliten mediante este formulario serán tratados por la Viceconsejería de Cultura e incorporados a la actividad de tratamiento "Actividades de bibliotecas", cuya finalidad es la gestión de las actividades culturales organizadas por las bibliotecas públicas de la región.
Este tratamiento está legitimado por el cumplimiento de una obligación legal y ejercicio de Poderes Públicos (Ley 3/2011, de 24 de febrero, de la Lectura y de las Bibliotecas de Castilla-La Mencha y en la restante normativa de desarrollo) y no existe cesión de datos.
Puede acceder, rectificar o suprimir los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional, que puede solicitar en: protecciondatos@jccm.es
AVISO:
EL SERVICIO DE PRÉSTAMO INTERBIBLIOTECARIO QUEDARÁ SUSPENDIDO ENTRE LOS DÍAS 9 Y 26 DE AGOSTO.
DISCULPEN LAS MOLESTIAS.
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