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Reproducción de documentos

Reproducción de fondo patrimonial

Fotocopiadora

Puedes solicitar la reproducción de los fondos pertenecientes al Patrimonio bibliográfico, que está condicionada a autorización previa por parte de la Dirección o del personal técnico responsable. Para solicitar las reproducciones se cumplimentará un formulario de solicitud de reproducción de fondos.

Se puede llevar a cabo de dos formas:

- Mediante fotografías de los fondos, con tu propia cámara o mediante la utilización de un escáner portátil, sin coste alguno. Esta reproducción deberá hacerse bajo supervisión del personal.

- Digitalización de documentos. Puedes solicitar la digitalización de obras del patrimonio bibliográfico albergado en la biblioteca, con un límite del 20 % de la extensión total del volumen o ejemplar solicitado y un máximo de una petición por usuario y mes. Dichas copias digitales serán objeto de la tasa correspondiente y sólo podrán ser realizadas por el personal de la biblioteca.

Reproducción de documentos

Tienes a tu disposición máquinas fotocopiadoras, escáner público y posibilidad de impresión desde los puestos informáticos multimedia repartidos por toda la biblioteca.

FOTOCOPIAS

Encontrarás en régimen de autoservicio varios equipos para copias en blanco y negro y color situados en la sala de hemeroteca, en la primera y en la segunda planta.

IMPRESIÓN DE DOCUMENTOS DESDE LOS PUESTOS MULTIMEDIA

Puedes imprimir desde los puestos informáticos que ofrece la biblioteca.

ESCÁNER

También disponemos de dos escáneres de uso público y gratuito situados en la segunda planta.

Tarifas

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Los precios, tanto de la impresión de documentos como de las fotocopias, son los definidos por la Orden 71/2021, de 24 de mayo, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes

Las fotocopiadoras no dan cambio, recuerda llevar el importe exacto

Condiciones

¿Qué puedo fotocopiar?

Puedes hacer fotocopias para uso personal de las obras publicadas a partir de 1958 que estén en buen estado, hasta el máximo permitido por la legislación de Propiedad Intelectual y derechos de autor vigente.

En caso de que la reproducción sea para uso público (si la copia va a ser objeto de distribución, comunicación pública o transformación por parte de una institución, empresa o particular), y de acuerdo con la Ley de Propiedad Intelectual, se necesitará autorización del titular de los derechos para cada uno de estos usos, que se gestiona a través de las entidades gestoras de derechos de autor.