Préstamo interbibliotecario
¿Qué es?
El préstamo interbibliotecario es un servicio que ofrecen las bibliotecas públicas de Navarra y que pone a disposición de las personas usuarias documentos que, no formando parte de la colección de una biblioteca, se encuentran disponibles en otras bibliotecas públicas del Sistema.
¿A quién va dirigido?
El préstamo interbibliotecario lo realizan las bibliotecas a petición de cualquier persona con carné de adulto de las bibliotecas públicas de Navarra. No se realizarán peticiones de préstamo si la persona solicitante está sancionada, tiene préstamos sobrepasados o tiene la condición de morosa.
¿Cómo se usa el servicio?
Se podrá disponer de forma simultánea de un máximo de dos documentos provenientes de préstamo interbibliotecario, siempre y cuando no se supere con ello el número máximo de documentos que permite la normativa general de préstamo a domicilio.
Se podrá solicitar un máximo de 10 documentos al año en préstamo interbibliotecario.
El periodo de préstamo y las renovaciones se regirán por las mismas normas y condiciones vigentes para el préstamo personal a domicilio.
Se podrá solicitar la prestación de este servicio en cualquiera de las bibliotecas públicas de Navarra. Una vez realizada la solicitud, todos los trámites asociados a la petición deberán hacerse a través de esa misma biblioteca (recogida del documento, devolución, posible renuncia, etc.).
Las peticiones de préstamo se realizarán presencialmente.
La persona solicitante deberá presentar el carné de las bibliotecas públicas de Navarra y cumplimentar un formulario de petición, indicando sus datos personales, los datos del documento solicitado y la biblioteca o bibliotecas en las que el documento está disponible.
La biblioteca que ha recibido la petición se encargará de solicitar el documento e informará a la persona solicitante de la concesión o denegación del préstamo.
Una vez que la biblioteca que ha realizado la petición reciba el documento, avisará al solicitante, quien dispondrá de un plazo de tres días hábiles para recogerlo.
¿Qué se puede prestar?
Cualquier tipo de documento establecido como prestable en el catálogo de bibliotecas públicas de Navarra puede ser solicitado, si bien será la biblioteca suministradora quien autorizará o denegará el préstamo en base a la normativa del servicio, su política de préstamo o las condiciones del documento. Antes de realizar cualquier solicitud, la persona usuaria deberá asegurarse de que el documento no se encuentra en su biblioteca.
Con carácter general no se considera objeto de préstamo interbibliotecario:
• Documentos que la biblioteca peticionaria ya posea.
• Obras de referencia (enciclopedias, diccionarios, etc.).
• Documentos antiguos o valiosos que por razones de conservación y patrimonio la biblioteca deba preservar.
• Novedades, temarios de oposiciones u otros documentos de gran demanda en la biblioteca suministradora.
Uso responsable
Las bibliotecas públicas de Navarra asumen los gastos de envío de los documentos por lo que las peticiones de documentos no conllevan ningún coste para las personas usuarias. Por ello, debido al esfuerzo económico y de gestión que supone, ha de procurarse un uso racional del mismo.
El servicio de préstamo complementa las colecciones de las bibliotecas pero no las sustituye. El objetivo de este servicio es poner a disposición de la ciudadanía documentos de su interés y necesidad, en especial aquellos que no se encuentren accesibles en bibliotecas cercanas o que no puedan ser adquiridos por la propia biblioteca.
Si una persona no desea continuar con una petición que haya realizado deberá comunicarlo lo antes posible a la biblioteca en la que realizó la solicitud. Si una persona realiza peticiones y no acude a recoger los documentos solicitados será sancionada con la exclusión del servicio de préstamo.