Salón de Actos
Salón de Actos
La Biblioteca tiene a disposición de entidades y ciudadanos para su ocupación el Salón de Actos.
Para hacer efectivo dicha ocupación, se ha de realizar una solicitud a través del Registro General del Ayuntamiento de Tomelloso, exponiendo la finalidad de la actividad que se quiere a llevar a cabo, la fecha y el horario y no siendo necesario ser socio de la Biblioteca.
Para tramitar la autorización de ocupación del Salón de Actos en tiempo y forma, y una vez el interesado haya consultado previamente con la Biblioteca la disponibilidad de la fecha que sea de su interés para la realización de la actividad, existe una documentación necesaria que deberá ser presentada en el Registro General del Ayuntamiento de Tomelloso, de forma presencial o electrónica (Sede Electrónica) para iniciar este trámite:
- Instancia, debidamente cumplimentada por el representante legal de la Entidad o particular, de solicitud de ocupación del espacio cultural.
Puede descargar aquí, el Modelo de Solicitud
- La presentación de esta Instancia, sólo es indicativa y no será firme para iniciar el procedimiento de autorización hasta que la Asociación, Empresa o particular haya presentado al Departamento de servicios bibliotecarios la siguiente documentación:
- Fotocopia compulsada del DNI o NIF si es persona física.
-Fotocopia compulsada del CIF del interesado si es persona jurídica.
-Dossier o memoria descriptiva de la actividad o evento que incluya las necesidades técnicas, persona responsable, plan de trabajo, etc. y cualquier otro dato que no figure en la instancia y que considere de su interés.
Una vez recibida la instancia con la documentación arriba expresada, la Biblioteca Municipal confirmará la fecha solicitada, o propondrá otra en el caso de no estar disponible el espacio solicitado. El solicitante deberá presentar en ese momento:
-Fotocopia compulsada de la Escritura de la empresa (debidamente inscrita), o Estatutos en el caso de asociaciones donde aparezca el representante legal de la misma (en el caso de ser una persona jurídica).
-Seguro de Responsabilidad Civil Locativa, expreso para cubrir el evento.
-Documento que acredite el pago de la tasa de ocupación de instalaciones culturales. (Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de los servicios de piscinas, pistas y otras instalaciones municipales)
No será necesario aportar aquellos documentos ya presentados por el solicitante ante esta Administración, siempre y cuando no hayan sufrido ninguna variación.
La documentación arriba detallada deberá obrar en poder del Departamento de Cultura y/o Biblioteca con una antelación de, al menos, 20 días hábiles a la fecha indicada en la Instancia para la celebración de la actividad. De no ser así, no se garantiza la tramitación de la autorización, quedando la fecha solicitada sin efecto.
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Descargue la Normativa del Uso del Salón de Actos pulsando aquí