Normas y reglamentos
Derechos y Deberes
Los usuarios de las bibliotecas tendrán los siguientes derechos:
- Acceder de manera libre y gratuita a las zonas públicas de las bibliotecas.
- Recibir atención correcta y personalizada.
- Recibir formación básica para el uso de la biblioteca.
- Recibir información de interés general y específica de los servicios que se prestan, de manera presencial, telefónica y electrónica.
- Presentar sugerencias o reclamaciones sobre el funcionamiento de la biblioteca, pudiendo utilizar el Libro de Quejas y Sugerencias reglamentario que deberá estar a disposicióndel usuario.
- Participar activamente en las actividades que organicen o alberguen las bibliotecas, de acuerdo con las pautas establecidas para cada actividad.
- Ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación de datos de carácter personal, de acuerdo con la legislación vigente en materia de protección de datos.
Los usuarios de la biblioteca tendrán los siguientes deberes:
- Mantener un comportamiento correcto hacia el personal y resto de usuarios.
- Utilizar adecuadamente las instalaciones, fondos y equipamiento de la biblioteca.
- Responsabilizarse de la tarjeta de usuario y de su uso, así como de sus pertenencias.
- Cumplir y respetar las normas de funcionamiento interno establecidas y seguir las indicaciones del personal que presta los servicios.
Ley de Bibliotecas
Carta de Servicios
En 2017, la Dirección General de Bibliotecas, Museos y Patrimonio Cultural, aprueba la Carta de servicios de las Bibliotecas Públicas del Estado en Extremadura.
Otras normas
Real Decreto 582/1989, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Bibliotecas Públicas del Estado y del Sistema Español de Bibliotecas.
Reglamento de Servicios de las Bibliotecas Públicas del Estado en Extremadura