Oficina Depósito Legal de Eivissa
Biblioteca Pública Insular
c. d'Ernest Ehrenfeld, s/n
07800 Eivissa
Tel.: 971 39 08 87
dlegal@conselldeivissa.es
Tramitación de solicitudes
Las solicitudes deben presentarse en el registro de entrada del Consell Insular d'Eivissa o telemáticamente en la sede electrónica (con certificado digital y firma electrónica)
Página en proceso de modificación
Estamos trabajando en la actualización de esta información para adaptarla a los cambios introducidos por la Ley 8/2022 de modificación de la ley 23/2011 de depósito legal.
Depósito Legal de Eivissa
EL DEPÓSITO LEGAL: es un trámite administrativo, una herramienta que permite recoger las publicaciones de todo tipo, en cualquier soporte y destinadas por cualquier procedimiento a su distribución pública. Esto se hace mediante el depósito de un número determinado de ejemplares de todo tipo de publicaciones.
OBJETIVOS
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Recoger, almacenar y conservar las publicaciones que constituyen el patrimonio bibliográfico.
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Describir la producción bibliogràfica y difundirla.
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Proporcionar acceso a las publicaciones asegurando su conservación y respetando la propiedad intelectual. Todos los ciudadanos tienen derecho a consultar este fondo con fines culturales, de información y de investigación.
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Además, el depósito legal puede llegar a ser la única posibilidad de reedición de obras para los editores, ya que se conservan todas las publicaciones.
DEBEN SOLICITAR EL DEPÓSITO LEGAL: los editores están obligados a solicitar el número de depósito legal. Si no hay editor o no ha hecho la solicitud, deberá pedirlo el productor, el impresor, el estampador o el grabador, por este orden.
CUÁNDO SE DEBE SOLICITAR EL DEPÓSITO LEGAL.
Al editar o producir una obra nueva.
Al reimprimir, es decir, al volver a publicar una obra sin hacer modificaciones de ningún tipo NO hay que pedir un nuevo número de depósito ni entregar ejemplares.
Al reeditar una obra con modificaciones respecto a la edición anterior SÍ se debe pedir un nuevo número de depósito y entregar los ejemplares.
Al editar una obra en diferentes formatos se debe pedir un número diferente para cada formato y entregar los ejemplares correspondientes.
ENTREGA DE PUBLICACIONES: finalmente el editor o productor debe hacer entrega de los ejemplares establecidos según el tipo de documento, acompañados de los formularios de entrega cumplimentados y firmados.
La entrega de estos ejemplares se debe hacer al estar la publicación terminada y antes de su distribución pública. El plazo máximo es de dos meses a partir de la fecha de asignación del número de depósito legal.
Las obras se entregarán íntegras, las colecciones en fascículos completas y encuadernadas.