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Servicio de préstamo

Préstamo de libros

SERVICIO DE PRÉSTAMO

El servicio de préstamo de libros puede ser individual, colectivo o interbibliotecario.

Están excluidos del préstamo:

  • Las enciclopedias y diccionarios y, en general, aquellas obras de consulta de uso frecuente en la sala de lectura.
  • Los ejemplares que tiene carácter de únicos.
  • Las obras manuscritas, grabados o registros de cualquier tipo de particular interés histórico, artístico o bibliográfico.
  • Publicaciones periódicas, salvo en casos excepcionales.


Se atienden solicitudes de los lectores para obtener en préstamo libros de otra biblioteca de la Red, y en particular de la Biblioteca Pública de Oviedo, que actúa como Biblioteca Central de Préstamo. Los gastos de envío y devolución originados pueden ser reclamados al solicitante.

En verano se suspende el Prestamo Interbibliotecario (salvo en casos excepcionales).

Para el servicio de préstamo individual, cada usuario debe proveerse, mediante entrega del D.N.I. del carnet de lector.

Cada lector/a puede mantener en préstamo un máximo de tres libros durante un plazo de 15 días, prorroglables a otros 15 días si las necesidades del servicio lo permiten.

Los préstamos que precisen plazos mayores han de ser tratados y atendidos, si procede, como casos particulares.

Toda mora en la devolución y todo deterioro o pérdida del libro podrá ser objeto de sanción, obligándose al lector al pago de los gastos originados por reparación o reposición del libro prestado.

Se puede, además, retirar el derecho de préstamo por plazos de 15 días, tres meses o un año, según se estime la gravedad de la infracción cometida.

Las entidades públicas y los colectivos ciudadanos. Pueden beneficiarse del préstamo colectivo de libros siempre que el centro al que lo soliciten disponga de fondo suficiente y tenga capacidad para suministrar lotes renovables sin menoscabo del servicio a sus lectores.

Los libros integrantes de los lotes pueden ser elegidos por los beneficiarios entre los disponibles para el préstamo. No obstante, y para facilitar la labor de los beneficiarios en la elección de libros, las Bibliotecas pueden formar lotes destinados a este fin concreto.

El número de lotes y libros que podrán retirar y retener los beneficiarios del préstamo colectivo guardará relación con el número de usuarios que vayan a utilizarlos. La duración del préstamo será de tres meses, con una prórroga de la misma duración.

Cada entidad beneficiaria de un préstamo colectivo designará entre sus miembros un responsable a quien corresponderá cumplir los siguientes requisitos:

  • Firmar el recibí de la relación de autores y títulos que comprenda el lote.

  • Comprometerse a la devolución sin deterioros en el plazo que le haya sido marcado, de todos los libros prestados.

  • Confeccionar para el centro que los presta un sucinto parte estadístico que permita conocer el movimiento de lecturas.